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Las personas que quieran pedir el IMV pueden hacerlo en la web de trámites de la Generalitat, con un formulario que incluye el complemento de ayuda para la infancia y que permite acceder al de la renta garantizada de ciudadanía
Las personas que quieran pedir el ingreso mínimo vital (IMV) en Cataluña deben dirigirse, a partir de ahora, a la Generalitat. Si lo hacen por internet, pueden acceder a la web de trámites y solicitar el IMV y el complemento de ayuda para la infancia (CAPI) con el mismo formulario y, a continuación, acceder al formulario de la renta garantizada de ciudadanía (RGC), si procede. Ambos formularios están conectados para facilitar la presentación de las solicitudes y simplificar el recorrido de la ciudadanía.
Para aquellas personas que tengan dificultades para realizar el trámite telemático, hay varias opciones:
- Llamar al 012 o utilizar el servicio de videollamada para que les guíen en la tramitación
- Dirigirse a una oficina de atención ciudadana que disponga de un punto de autoservicio y realizar el trámite en un ordenador, con apoyo profesional si lo necesitan y sin cita previa.
- Dirigirse a una oficina de atención ciudadana y realizar el trámite con la asistencia del personal de la oficina. Se recomienda solicitar cita previa para reducir el tiempo de espera.
Las personas que ya reciben el IMV mantendrán por el momento su relación con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Las solicitudes presentadas antes del 1 de octubre también seguirán siendo tramitadas por este organismo.
La Generalitat irá incorporando progresivamente el resto de gestiones, trámites y expedientes del IMV. Este proceso permitirá avanzar hacia una gestión más coordinada del IMV y la RGC y contribuirá al desarrollo de un modelo de ventanilla única de prestaciones sociales.