¿Que es la Renta Garantizada de Ciudadania (RGC)?
La Renta garantizada de ciudadanía (RGC) es la prestación social a través de la cual se aseguran los mínimos de una vida digna a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza, a fin de promover su autonomía y participación activa en la sociedad.
Se trata de una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica.
¿Donde puedo encontrar más información sobre la RGC?
En esta web de la Generalitat de Catalunya encontraras toda la información que necesites sobre la RGC o llamando al teléfono gratuito 900 400 012.
También puedes dirigirte a nuestro equipo de asesoramiento por correo electrónico o presencialmente los jueves de 16 a 18h en la FAVB, carrer d’Obradors, 10 (pidiendo cita previamente)
¿Que condiciones he de reunir para cobrar la RGC?
1.- Ser mayores de veintitrés años .
También tienen derecho al RGC las personas mayores de dieciocho años si se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
· Tener a menores o personas con discapacidad a cargo.
· Ser huérfanas de ambos progenitores.
· Haber sido víctima de violencia machista en el ámbito del hogar.
· Tener la condición de persona en situación de riesgo social*, acreditada con informe preceptivo.
*Se entiende por persona en riesgo social a la que se encuentra en una situación muy limitadora de su autonomía personal e integración social, derivada de unos entornos socioeconómicos, familiares y comunitarios especialmente conflictivos o llenos de carencias.
2.- Estar empadronado en un municipio y residir legalmente en Cataluña .
Este requisito no se aplica a las mujeres que tienen permiso de residencia por reagrupamiento familiar y lo pierden como consecuencia de divorcio o separación, ni a los catalanes devueltos
3.- Tener residencia continuada y efectiva en Cataluña durante los veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
4.- No disponer de una cantidad de ingresos , rentas o recursos económicos considerada mínima para atender las necesidades básicas de una vida digna, de acuerdo con el umbral de ingresos fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña, durante los dos meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
5.- No ser beneficiaria de una prestación pública o privada de servicio residencial permanente de tipo social, sanitario o sociosanitario, y no estar internadas en un centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado, entendiendo que el carácter de permanencia del servicio residencial viene determinado por la situación y circunstancias personales de los destinatarios de la prestación y no por el tipo de servicio.
En consecuencia, como excepción al requisito de acceso establecido por esta letra, y siempre que cumplan el resto de requisitos exigidos por este artículo, pueden acceder a la renta garantizada de ciudadanía, si siguen un plan de trabajo vinculado a un proceso de emancipación y apoderamiento, con un pronóstico de salida en un plazo de no más de doce meses, de acuerdo con el informe correspondiente de los profesionales del trabajo social y de apoyo social al servicio residencial, las personas que se encuentren en alguna de estas circunstancias:
· Personas sin hogar.
· Mujeres víctimas de violencia machista.
· Personas beneficiarias de prestación pública o privada de servicio residencial permanente de tipo social, sanitario o sociosanitario.
6.- No trabajar, excepto los solicitantes de familias monoparentales y numerosas, y familias en las que la persona que trabaja sea mayor de 55 años y parado de larga duración.
7.- No disponer de patrimonio más allá de la vivienda habitual y de los bienes que faciliten el transporte básico.
¿Como puedo solicitar la RGC?
1. Consulta al Asistente virtual de la Renta Garantizada de Ciudadanía o llama al 900 400 012
Te informarán de los requisitos para acceder a la prestación y te darán cita previa.
2. Cita previa
El día de la cita debes presentarte en la oficina correspondiente con la documentación acreditativa de tu situación.
3. Solicitud
En caso de cumplir todos los requisitos y presentar la documentación acreditativa, se iniciarán los trámites de otorgamiento del RGC.
¿Que cantidad he de cobrar de la RGC?
Importes de la RGC 2024
Miembros de la unidad familiar Importe
1 755,82 €
2 1.133,73 €
3 1.247,10 €
4 1.360,42 €
5 o más 1.375,59 €
Los importes corresponden a la prestación garantizada + complementaria de inserción (162 €/mes), condicionada a la firma y el cumplimiento de un plan de inclusión social o de inserción laboral.
¿A quien recurro si dejo de cobrar la RGC?
En la mayoria de los casos en los que se paraliza el cobro de la RGC estan motivados por la falta de información sobre cambios en la situación del beneficiario, así que la primera cosa que has de hacer es verificar que no ha habido cambios en tu situación.
Estas son las principales causas:
1.- No comunicar, en el plazo de un mes desde que se produzcan, los cambios de situación patrimonial, personal, familiar o de residencia habitual.
2.- No solicitar cualquier otra prestación económica, contributiva o no contributiva, a la que tengas derecho.
3.- Renunciar, de forma voluntaria, a otra prestación o ayuda.
4.- No proporcionar todos los datos necesarios para acreditar los requisitos que den derecho al cobro de la prestación.
5.- No mantenerse inscritos en el Servicio Público de Empleo de Cataluña y rechazar una oferta de trabajo adecuada.
6.- No residir de forma continuada y efectiva en Cataluña.
7.- No reintegrar la prestación en caso de que se haya percibido indebidamente.
8.- No aplicar la prestación a los fines correspondientes para satisfacer las necesidades básicas.
Si no es así, y consideras un error esta paralización, puedes realizar un recurso con las alegaciones que consideres utilizando el formulario que encontraras aquí